Honorarios periciales · explicado por peritos

¿Cuánto cobra un perito judicial?

La respuesta honesta: no hay un número fijo. Te explicamos de qué dependen los honorarios, cómo se regulan y cómo estimarlos sin que te vendan humo.

Cualquiera que te tire un número cerrado te está mintiendo. Los honorarios de un perito judicial no son un valor fijo ni un sueldo: se regulan causa por causa y dependen del fuero, la complejidad, el monto del juicio y la etapa. En la mayoría de los fueros esa regulación se expresa en una unidad arancelaria (UMA, JUS o UHOM) que recién se convierte a pesos al momento del cobro.

Lo que sí podemos darte es claridad sobre cómo funciona y herramientas para estimar y controlar lo tuyo.

De qué dependen los honorarios

El fuero y la jurisdicción

Cada fuero tiene su propia ley arancelaria y su unidad: la justicia nacional y federal usa UMA (Ley 27.423), la Ciudad de Buenos Aires su UMA del Consejo de la Magistratura (Ley 5.134), la provincia de Buenos Aires el JUS (Ley 14.967) y las mediaciones el UHOM.

El monto del juicio y la complejidad

En muchos fueros la regulación se vincula al monto del proceso y a la complejidad e importancia de la pericia. Una reconstrucción de accidente, una pericia contable de una empresa o un informe psicológico extenso no se regulan igual que una intervención puntual.

La etapa y el tipo de intervención

No es lo mismo un dictamen completo que una intervención acotada, una ampliación o una contestación de observaciones. La cantidad y profundidad del trabajo pesa en la regulación.

El momento del cobro

Como la regulación suele expresarse en una unidad arancelaria, el valor en pesos cambia con el tiempo. Si la unidad se actualizó entre la regulación y el pago, podés reclamar la diferencia.

El rol de la UMA, el JUS y el UHOM

Como la inflación licuaría cualquier monto fijado en pesos, las leyes arancelarias regulan en unidades que se actualizan periódicamente. Cuando la unidad sube, el monto a percibir sube con ella, lo que te protege entre la regulación y el cobro.

  • UMA Nación — justicia federal y nacional (Ley 27.423), la fija la Corte Suprema.
  • UMA CM CABA — fuero local porteño (Ley 5.134), la fija el Consejo de la Magistratura de la Ciudad.
  • JUS Provincia — justicia bonaerense (Ley 14.967), la fija la Suprema Corte de Buenos Aires.
  • UHOM — mediaciones prejudiciales (Decreto 2536/2015).

Podés ver los valores vigentes e históricos, con link a cada acordada o resolución, en Valor UMA, JUS y UHOM.

Estimá tu regulación en pesos

Si ya tenés una regulación en UMA, JUS o UHOM, convertila al valor vigente y mirá cuánto cambió desde la fecha de regulación con la calculadora.

Abrir calculadora

Si te regularon hace tiempo y todavía no cobraste

Cuando la regulación está en una unidad arancelaria, el monto en pesos a recibir debería liquidarse al valor vigente al momento del pago, no al de la fecha de la regulación. Si la unidad se actualizó en el medio, podés reclamar la diferencia. Lo explicamos paso a paso en la guía de actualización de honorarios al valor vigente.

Y si estás por aceptar una designación, repasá primero la guía de cómo aceptar el cargo de perito judicial: los plazos y el escrito de aceptación impactan en que después puedas cobrar sin problemas.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra un perito judicial en Argentina?
No hay un monto fijo. Los honorarios se regulan causa por causa y dependen del fuero, la complejidad de la pericia, el monto del juicio y la etapa procesal. En la mayoría de los fueros la regulación se expresa en una unidad arancelaria (UMA, JUS o UHOM) que se convierte a pesos al valor vigente al momento del cobro.
¿Quién paga los honorarios del perito?
En general los paga la parte que resulta condenada en costas. Puede haber anticipo de gastos a cargo de quien ofreció o de ambas partes, según el fuero y la resolución del juez. El perito de parte lo paga quien lo contrató.
¿El perito cobra siempre?
No está garantizado. La regulación se fija al terminar la intervención, pero el cobro efectivo depende de que haya fondos, de la solvencia de la parte condenada y de los tiempos del expediente. Por eso conviene llevar un control ordenado de regulaciones, cobros parciales y saldos.
¿Cuánto tarda un perito en cobrar?
Es muy variable: depende del fuero, de la etapa del juicio y de si hay fondos disponibles. Puede ir de unos meses a varios años. Como la regulación suele estar en una unidad arancelaria, si pasa el tiempo conviene exigir el valor vigente al momento del pago, no el de la fecha de la regulación.
¿Es lo mismo el perito de oficio que el de parte?
No. El perito de oficio lo designa el juzgado y sus honorarios los regula el juez. El perito de parte (consultor técnico) lo contrata y le paga una de las partes, con honorarios convenidos libremente. Una misma persona puede trabajar en ambos roles en distintas causas.
¿Cómo sé cuánto representa mi regulación en pesos hoy?
Si te regularon en UMA, JUS o UHOM, podés convertirlo al valor vigente con la calculadora de honorarios de PericIA, que además te muestra la diferencia entre el valor de la fecha de la regulación y el de hoy.

Esta guía es informativa y no constituye asesoramiento legal. Los honorarios se regulan en cada causa según la normativa aplicable y el criterio del juez.

Llevá el control de tus honorarios en PericIA

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